El modelo 130 es la autoliquidación con la que muchos autónomos en estimación directa adelantan trimestralmente una parte de su IRPF. No es un impuesto nuevo: es un anticipo que después se resta en la declaración de la renta.
En esta guía
- · Quién lo presenta y quién no
- · Cómo se calcula el importe
- · Gastos que puedes incluir
- · Plazos de presentación
- · Errores frecuentes
Quién lo presenta y quién no
Lo presentan los autónomos en estimación directa, normal o simplificada. Quedan fuera, con carácter general, quienes facturan mayoritariamente a empresas y profesionales aplicando retención de IRPF en al menos el 70% de sus ingresos del ejercicio anterior. Las actividades en módulos usan el modelo 131.
Cómo se calcula el importe
Se parte de los ingresos acumulados del año menos los gastos deducibles acumulados. Sobre ese rendimiento neto se aplica el 20%. Del resultado se restan los pagos fraccionados anteriores y las retenciones soportadas en el periodo. Si el resultado es negativo, se marca la casilla correspondiente y se compensa en trimestres siguientes.
Gastos que puedes incluir
Compras y servicios afectos a la actividad, cuota de autónomos, suministros de la parte de vivienda afecta en el porcentaje admitido, amortizaciones, seguros y servicios profesionales. Todo debe estar respaldado por factura completa y anotado en el libro de gastos.
Plazos de presentación
Los tres primeros trimestres se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre. El cuarto trimestre se presenta del 1 al 30 de enero. Cuando se domicilia el pago, el plazo termina cinco días antes del último día hábil.
Errores frecuentes
Calcular por trimestre aislado en vez de acumulado desde enero, olvidar restar los pagos anteriores, no incluir retenciones soportadas y presentar fuera de plazo cuando el resultado sale a cero, lo que igualmente conlleva recargo o sanción formal.
