Un gasto es deducible cuando está vinculado a la actividad, correctamente justificado, registrado en los libros y contabilizado en el ejercicio que corresponde. Si falla uno de esos cuatro requisitos, la deducción es discutible en una comprobación.
En esta guía
- · Los cuatro requisitos básicos
- · Gastos que rara vez se discuten
- · Vivienda como lugar de trabajo
- · Vehículo y combustible
- · Dietas y comidas de trabajo
Los cuatro requisitos básicos
Afectación a la actividad económica, justificación mediante factura completa a nombre del titular, registro en el libro de gastos e imputación temporal correcta. El ticket simplificado sirve para el gasto en IRPF con matices, pero no permite deducir el IVA.
Gastos que rara vez se discuten
Cuota de la Seguridad Social, alquiler del local, suministros del local, material de oficina, software y servicios digitales, servicios profesionales de asesoría, publicidad, formación relacionada con la actividad y seguros de responsabilidad civil.
Vivienda como lugar de trabajo
Si trabajas en casa y lo has declarado en el alta censal, puedes deducir los gastos de titularidad en proporción a los metros afectos, y los suministros aplicando el porcentaje reducido previsto en la normativa del IRPF sobre esa proporción.
Vehículo y combustible
En IRPF, la deducción del vehículo se admite con carácter general solo cuando está afecto exclusivamente a la actividad, salvo actividades expresamente previstas como transporte o agentes comerciales. En IVA existe una presunción de afectación del 50% que puede elevarse con prueba.
Dietas y comidas de trabajo
Son deducibles con límites diarios cuando se producen en desarrollo de la actividad, fuera del municipio habitual, con pago electrónico y factura. La comida diaria en el propio municipio no se considera gasto de la actividad.
